SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0728/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0728/2011-R

Fecha: 20-May-2011

II.1.

II.1.  Por resolución de 5 de enero de 2009, el Fiscal de materia imputó formalmente a Fidel Iban Choque Viza y a Cecilia Rueda Crispín, por la presunta comisión de los delitos de robo agravado, pidiendo simultáneamente por memorial de la misma fecha, la aplicación de la detención preventiva al considerar que concurrirían los requisitos del art. 23 del Código de Procedimiento Penal (CPP); ante esta solicitud el Juez de la causa ahora demandado, por providencia de 13 de enero señaló audiencia para considerar la solicitud fiscal de medidas cautelares, audiencia a la que los imputados no asistieron pese a haber sido debidamente notificados, motivo por el cual el Juez mediante Auto Interlocutorio 15/09 de la fecha de audiencia, dispuso se emitan los mandamientos de aprehensión contra ambos procesados, disponiendo que “sean conducidos ante el fiscal para que dicha autoridad defina su situación jurídica”; sin embargo de ello, Fidel Iban Choque Viza, por memorial de 3 de febrero de 2009, presentó certificado médico justificando su inasistencia y pidiendo se dejen sin efecto los mandamientos emitidos en su contra, eventualidad ante la cual, el Juez, por decreto de fs. 24 vta., señaló: “en mérito al certificado adjunto, se deja en suspenso el mandamiento de aprehensión expedido contra los imputados” (fs. 1 a 24 vta.).