SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0729/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0729/2011-R

Fecha: 20-May-2011

Fragmento 27

Por otra parte, en la parte final referida a las Disposiciones Finales, la citada norma señala: Octava.- (Abrogatorias, derogatorias y modificaciones). Las abrogatorias, derogatorias y modificaciones y tendrán efecto, según el caso, al momento de la vigencia anticipada o plena previstas en la parte final de este Código, lo que quiere decir que al momento de la publicación de la Ley 1970, fueron derogadas automáticamente todas aquellas normas que se oponían a los Arts. 10 y 20 del CPP, de ahí que si bien la disposición final  Sexta.- (Derogatorias y Abrogatorias) señala que: “Queda abrogado el Código de Procedimiento Penal aprobado por el Decreto Ley 10426 de veintitrés de agosto de mil novecientos setenta y dos, con todas sus modificaciones y disposiciones complementarias: