Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0730/2011-R
Fecha: 20-May-2011
II.3.
II.3. Por el oficio de cite F.CH.LP.SG.OF. 007/09 de 7 de mayo de 2009, la Federación Departamental de Choferes “1 de mayo” La Paz, instruyó al Secretario General del Sindicato el “Progreso Trufi 1”, Juan Vargas, que en virtud a que se cumplió de forma responsable con lo solicitado en su memorándum de suspensión de 13 de mayo de 2008, se cumpla con la rehabilitación de sus derechos, reincorporando a su fuente de trabajo a Jaime Vásquez Mollinedo (fs. 314).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2 Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3
- ,
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 16
- III.2. Análisis del caso de autos
- constituye la máxima autoridad
- Tribunal de Honor
- d) Admitir demanda en grado de apelación.
- pudiendo en última instancia apelar la sanción a la Asamblea General
- REVOCAR