Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0767/2011-R
Fecha: 20-May-2011
I.2.1. A
El accionante a través de su abogado, en audiencia ratificó la acción, con la presentación de mayor prueba y ampliando la misma señaló; los demandados manifestaron el tener la acción de amparo ganada, por cuanto tenían todo “arreglado” (sic), razón por la cual requirió la remisión de antecedentes al Ministerio Público para su aclaración.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. A
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia aplicable al caso
- También procede la suspensión temporal en los casos contemplados en la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 y sus Reglamentos, cuando corresponda
- suspensión hasta un máximo de treinta días
- APROBAR