Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0767/2011-R
Fecha: 20-May-2011
III.1. Jurisprudencia aplicable al caso
La SC 1247/2010-R de 13 de septiembre señaló: “De ello se desprende que las autoridades municipales demandadas al resolver la suspensión de las funciones de Concejal al accionante sin que se haya demostrado la existencia de auto de procesamiento ejecutoriado, sentencia condenatoria a pena privativa de libertad, sentencia ejecutoriada por responsabilidad civil contra el Estado o pliego de cargo ejecutoriado en su contra y que tampoco concurra ninguna de las causas establecidas por el art. 49 de la LM, constituye un acto que evidentemente ha lesionado sus derechos fundamentales al trabajo y a ejercer el cargo de Vicepresidente del Concejo Municipal…”.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. A
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia aplicable al caso
- También procede la suspensión temporal en los casos contemplados en la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 y sus Reglamentos, cuando corresponda
- suspensión hasta un máximo de treinta días
- APROBAR