SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0821/2011-R
Fecha: 03-Jun-2011
Fragmento 15
En el caso motivo de análisis, el accionante denuncia que a emergencia de una investigación que le sigue el Ministerio Público a denuncia de Luis Sánchez Gómez Cuquerella, Presidente Ejecutivo a.i. de la ABC, por el supuesto delito de contribuciones y ventajas ilegítimas y otros, el Fiscal demandado ordenó se emita mandamiento de aprehensión en su contra; no obstante, como el accionante menciona, mediante memorial dirigido a esa autoridad, hizo conocer su predisposición de sometimiento a la investigación iniciada, señalando su domicilio a efecto de practicarse las comunicaciones procesales, empero sin que ello fuera cumplido, al no haber sido debidamente citado para comparecer a la audiencia de declaración informativa fijada para el miércoles 10 de febrero de 2010, en la ciudad de La Paz, el Fiscal demandado habría ordenado se emita mandamiento de aprehensión en su contra; igualmente denuncia que su defensa material se encuentra limitada, al estar radicado el proceso en otro distrito distinto al de su domicilio, dificultando que pueda acceder a conocer el estado de la causa, así como de los actos del proceso.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- i)
- procedente”
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC 0011/2010-R, de 6 de abril.
- SC 0023/2010-R de 13 de abril
- SC 0080/2010-R de 3 de mayo
- Si antes de existir imputación formal, tanto la Policía como la Fiscalía cometieron arbitrariedades relacionadas al derecho a la libertad física o de locomoción, y todavía no existe aviso del inicio de la investigación, corresponde ser denunciadas ante el Juez Cautelar de turno
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2º