SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0821/2011-R
Fecha: 03-Jun-2011
II.1.
II.1. Dentro de la investigación iniciada por el Fiscal asignado, a denuncia de Luis Sánchez Gómez Cuquerella, Presidente Ejecutivo a.i. de la ABC, por el supuesto cobro en la ampliación de un contrato entre la Prefectura y la empresa Alfa-Sudamericana para la obra “Puente Arce-Sacramento” (caso 10899/09); Jhon Clive Caba Chávez, por memorial presentado el 15 de enero de 2010 en la Fiscalía de Distrito de La Paz, dirigido al Fiscal de Materia, Félix Peralta Peralta, hizo conocer la imposibilidad de poder asistir y presentarse a prestar su declaración informativa en esa fecha, haciendo constar que si bien fue notificado personalmente, ese día a horas 9:35, no puede preparar sus descargos de cara a su declaración informativa al no tener una copia de la denuncia; señalando igualmente que ese día ya estaba programada su postulación y proclamación como candidato a la Gobernación de Chuquisaca, acto público del cual no podría excusarse al encontrarse los plazos cumplidos, solicitando por ello, se difiera la “audiencia señalada para la siguiente semana” (sic) (fs. 2 y vta.).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- i)
- procedente”
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC 0011/2010-R, de 6 de abril.
- SC 0023/2010-R de 13 de abril
- SC 0080/2010-R de 3 de mayo
- Si antes de existir imputación formal, tanto la Policía como la Fiscalía cometieron arbitrariedades relacionadas al derecho a la libertad física o de locomoción, y todavía no existe aviso del inicio de la investigación, corresponde ser denunciadas ante el Juez Cautelar de turno
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2º