Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0823/2011-R
Fecha: 03-Jun-2011
II.1.
II.1. El accionante el 7 de julio de 2008, solicitó al Presidente Ejecutivo de COMIBOL, la instalación de un circuito cerrado en la bóveda de la oficina central (fs. 1 a 2); mediante memorándum GAF-0854/2008 de 28 de octubre, la MAE instruyó la apertura de un Sumario en contra del accionante (fs. 3).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- SC 0731/2010-R
- III.3. Análisis del caso concreto
- negligencia en el manejo y resguardo de los recursos económicos de la institución e incumplimiento de obligaciones contenidas en el art. 25 inc. f) del Reglamento Interno, Manual de Funciones
- REVOCAR