Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0825/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0825/2011-R

    Fecha: 03-Jun-2011

    II.2.

    II.2.  Memorial de 30 de agosto de 2009 (fs. 2 a 9), presentado por Yamil Assad Nemer Abuawad, ante la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, por el que plantea extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, que mereció el decreto que señala: “… Habiéndose interpuesto recusación contra los Ministros de la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, estése al procedimiento previsto por el art. 320 del Código de Procedimiento Penal” (sic).

    • acción de libertad,
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ampliación de la acción
    • a)
    • concedió
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Alcances de la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad y procesamiento ilegal o indebido
    • SC 0895/2010-R
    • libertad, al debido proceso, a la defensa, a la “seguridad jurídica” y a la celeridad procesal
    • SC 0049/2011-R
    • al constituir una problemática que no se encuentra directamente vinculada con el derecho a la libertad de locomoción por no operar como causa de su restricción, y que al ser un extremo que se encuentra vinculada con la garantía del debido proceso,
    • SC 0352/2010-R
    • a través de la acción de amparo constitucional
    • REVOCAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca