SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0825/2011-R
Fecha: 03-Jun-2011
II.4.
II.4. Auto Supremo 592 de 21 de diciembre de 2009, emitido por la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, por el que los Ministros demandados, resolvieron los recursos de casación y nulidad interpuestos por ambas partes, declarando improcedente el recurso de casación presentado por Mario Julio Gutiérrez Navarro, e infundados los recursos de casación interpuestos por Yamil Assad Nemer Abuawad y otros, y en mérito a los recursos interpuestos por la Alcaldía Municipal de Sucre y el Ministerio Público, casó el Auto de Vista impugnado, y deliberando en el fondo declaró a Yamil Assad Nemer Abuawad, absuelto del delito de uso indebido de influencias y autor de los delitos de incumplimiento de deberes, falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado y conducta antieconómica, imponiéndole la pena de ocho años reclusión a cumplir en el penal de “San Roque”, más el pago de costas a favor del Estado y responsabilidad civil a ser calificada en ejecución de sentencia (fs. 69 a 94 vta.).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcances de la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad y procesamiento ilegal o indebido
- SC 0895/2010-R
- libertad, al debido proceso, a la defensa, a la “seguridad jurídica” y a la celeridad procesal
- SC 0049/2011-R
- al constituir una problemática que no se encuentra directamente vinculada con el derecho a la libertad de locomoción por no operar como causa de su restricción, y que al ser un extremo que se encuentra vinculada con la garantía del debido proceso,
- SC 0352/2010-R
- a través de la acción de amparo constitucional
- REVOCAR