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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0902/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0902/2011-R

    Fecha: 06-Jun-2011

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    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • I.2.1. Ratificación de la demanda
    • I.2.2. Informe de la autoridad judicial demandada
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
    • se constituye en una garantía jurisdiccional  esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
    • El informalismo
    • presentación oral
    • En el plano especifico del recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad, prevista por los arts. 125 al 127 de la CPE, el art. 104 de la LTC establece que: Los funcionarios públicos y personas particulares que recibieren una orden judicial dictada en recurso de hábeas corpus o amparo constitucional y no la cumplieren y no la hicieren cumplir, serán sometidos a proceso penal, a cuyo efecto se remitirán antecedentes al Ministerio Público
    • en los casos de desobediencia no corresponde deducir un nuevo recurso, sino recurrir a la vía penal
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • APROBAR

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