Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0907/2011-R
Fecha: 06-Jun-2011
a)
El Juez demandado, Gerardo Céspedes Vélez presentó informe escrito cursante a fs. 691 y vta., que fue leído en audiencia señalando: a) El amparo constitucional solicitado es improcedente, porque el agraviado no agotó todos los medios de defensa para hacer valer sus derechos antes de acudir a la jurisdicción constitucional; b) El avalúo presentado pudo ser objetado y su resolución, apelada; y al no haber usados dichos mecanismos, hubo consentimiento expreso con dicho avalúo.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- i)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De los informes periciales en ejecución de sentencia
- Fragmento 14
- III.2.
- APROBAR