Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0918/2011-R
Fecha: 06-Jun-2011
II.10.
II.10. De fs. 111 a 112 cursa la Resolución 012/2008 de 17 de septiembre, pronunciada por la Sala Social y Administrativa del Distrito de Potosí, constituido en Tribunal de garantías, emergente de otra acción de amparo incoada también por Norah Bertha Chambi de Dávila y José Yerko Dávila Arias. Se declaró improcedente “in limine” basándose en la SC 0505/2005-R de 10 de mayo, indicando que existió actos consentidos para la prosecución del proceso penal por la presentación del Tribunal Segundo de Sentencia de prueba testifical, literal y pericial (fs. 111 a 112).
- amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informes de las autoridades demandadas
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- a)
- III.1. El principio de subsidiariedad y de inmediatez en la interposición de la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso que motiva esta acción tutelar
- concedido
- REVOCAR