Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0921/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión resuelve: REVOCAR la Resolución 68/2009 de 9 de julio, cursante de fs. 362 a 364, emitida por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, salvándose los derechos adquiridos por Griseldo Félix Peñaloza Ramírez.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- I.2.1.
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La seguridad jurídica y su consideración en el nuevo orden constitucional
- III.2. La condición de funcionarios de carrera en el proceso de extinción de las Superintendencias Sectoriales
- Fragmento 13
- III.3. La legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- Fragmento 15
- III.4. Análisis del caso de concreto
- REVOCAR