Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0928/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
Mediante Ley 003 de 13 de febrero de 2010, fueron designados los nuevos Magistrados, a quienes por Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, se les amplia el mandato para conocer causas presentadas a partir de 7 de febrero de 2009; por lo que, según acuerdo jurisdiccional 001/2011 de 11 de enero, Sala Plena, conviene proceder al sorteo de las causas pendientes; por lo que en el presente caso, habiéndose efectuado tal actuado procesal el 24 de mayo de esta gestión, la presente Resolución se pronuncia dentro de plazo.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- concede
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 9
- sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido,
- pues consta en obrados que el accionante no concurrió a la convocatoria de la autoridad fiscal, ni justificó ningún impedimento,
- Sobre el principio de subsidiaridad en el presente caso
- Sobre el mandamiento de aprehensión
- Fragmento 14