Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0937/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
Por memorial presentado el 9 de marzo de 2010 cursante a fs. 1 de obrados el accionante alega que, entre las ocho y nueve de la mañana del día lunes uno de febrero, tres policías de la localidad de Aiquile ingresaron en su ausencia a su domicilio conducidos por la ciudadana Ana Saavedra Mamani, contando supuestamente con una orden de detención en su contra. Una vez que ingresaron a todas las habitaciones sin ser encontrado, en un acto intimidatorio advirtieron a su esposa que si no declaraba sobre su paradero los echarían de su vivienda; conductas que no están acordes al “principio de autoridad” como a la pacifica convivencia social;
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- 1)
- en ese sentido se entenderá que concurre este presupuesto ante la existencia de un hostigamiento sin que exista motivo legal ni orden emanada de autoridad competente,
- III.2.Analisis del caso concreto
- al derecho de locomoción
- APROBAR