Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0939/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
II.2.
II.2. Con los documentos antes referidos, el 13 de febrero de 1981, Julieta Bilbao de López, inició un proceso ordinario contra Corina Bilbao La Vieja Vda. de Murillo, sobre reembolso de $us4800.-, aduciendo haber pagado esta suma que en realidad le correspondía a la demandada (fs. 31 a 33 vta.); el mismo que por Sentencia 70/91 de 16 de abril de 1990, fue declarado probado, disponiendo que los herederos de la demandada reembolsen la suma señalada a favor de la demandante, más intereses, daños y perjuicios, a liquidarse en ejecución de sentencia, con costas (fs. 35 a 38).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- I.2.1. Ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. La interpretación de la legalidad ordinaria, atribución privativa de la jurisdicción ordinaria
- Exponer de manera adecuada, precisa y debidamente fundamentada, los criterios interpretativos que no fueron cumplidos o fueron desconocidos por el juez o tribunal que realizó la interpretación de la norma al caso concreto
- Qué derechos fundamentales han sido lesionados con dicha interpretación que considera arbitraria y a los resultados que hubiese arribado con la interpretación que indica es la correcta, 'estableciendo el nexo de causalidad entre estos y la interpretación impugnada
- SC 0083/2010-R
- III.3.
- denegado
- APROBAR