SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0973/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0973/2011-R

Fecha: 22-Jun-2011

I.2.2. Informe de la autoridad demandada

El demandado Juez Segundo de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Chuquisaca, no asistió a la audiencia pública de consideración de la acción de libertad; sin embargo, presentó el informe que cursa a fs. 32, por el que se allanó a los términos de la acción de libertad interpuesta en su contra, alegando un error involuntario al interpretar el sentido gramatical del art. 367 del CPP, debido a la excesiva carga procesal que afronta el juzgado a su cargo y que concluyó en la evidente omisión de impedir que el accionante justificara las supuestas omisiones a las reglas de conducta que se le impusieron. De este modo, se limitó a solicitar la notificación con la resolución correspondiente, a efectos de determinar lo que corresponda dentro del proceso penal instaurado contra el accionante.