SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0980/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0980/2011-R

Fecha: 22-Jun-2011

a)

El abogado y apoderado del accionante, ratificó el contenido íntegro de la acción de libertad y lo amplió fundamentando: a) Ante la presentación del memorial, certificado médico y solicitud de señalamiento de audiencia, el Fiscal demandado, decretó que se esté al requerimiento de 30 de marzo de 2010, lo que contraviene el art. 124 del CPP, en sentido que las resoluciones deben ser motivadas, debiendo contener una explicación de hecho y de derecho, lo que no ocurrió en el caso concreto, haciendo procedente la acción de libertad; b) Pidió se valore la SC 0673/2007, respecto a que hubo predisposición de su parte de colaborar con la investigación y prestar su declaración informativa, demostrado con el memorial presentado y justificando su inasistencia a la “audiencia” de 29 de marzo del mismo año; c) La Jueza encargada del control jurisdiccional debió resolver en forma motivada lo peticionado por tratarse de la libertad de su defendido; vulnerando el art. 115 de la CPE, respecto a que la justicia debe ser pronta y oportuna; y, e) Pidió se declare la procedencia de la acción de libertad, se deje sin efecto el mandamiento de aprehensión y que el fiscal demandado, señala fecha y hora de “audiencia” para la declaración de su defendido.