SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0395/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0395/2012

Fecha: 22-Jun-2011

concedió

Concluida la audiencia, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 09/2012 de 31 de enero, cursante de fs. 21 a 22, por la que concedió la tutela solicitada; disponiendo: a) Dejar sin efecto la imputación formal efectuada contra las ahora representadas del accionante, debiendo el Ministerio Público emitir una nueva, dentro de las cuarenta y ocho horas de pronunciado y conocido el fallo del Tribunal de garantías; y, b) Dar cumplimiento al art. 92 y ss. del CPP, acatando todas las formalidades de ley y la línea jurisprudencial que rige al efecto con respecto a la notificación personal a las imputadas; bajo los siguientes argumentos de orden jurídico constitucional: 1) La imputación formal emitida por el Fiscal de Materia, no precisó elementos de forma que de alguna manera puedan generar actividad procesal defectuosa y poner en peligro la actividad investigativa, sino el proceso como tal; y, 2) Se advierten errores por parte del representante del Ministerio Publico, al no dar cumplimiento con lo establecido por el art. 302 del CPP, y la línea jurisprudencial del Tribunal Constitucional en cuanto respecta a la notificación personal que se debe efectuar a la parte accionante con la imputación formal.