Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0107/2012-RCA
Fecha: 10-Jul-2011
c) Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados.
El accionante en su petitorio, solicita la anulación y se deje sin efecto la Sentencia Disciplinaria 10/2010 y Resolución de apelación 141/2011, mismas que imponen una sanción arbitraria y autoritaria. Además pide se determine la existencia de responsabilidad penal, procediéndose en consecuencia a la calificación de daños y perjuicios.
Por lo expuesto, se concluye que el accionante cumplió con los requisitos de contenido, además de establecer la relación de causalidad entre los hechos denunciados que le sirve de fundamento y la lesión que se hubiera causado a los derechos fundamentales y garantías constitucionales del accionante.
- revisión
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- Fragmento 4
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 6
- II.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- II.3. Causales de improcedencia de la acción de amparo constitucional
- no procede
- II.4. Revisión de la Resolución pronunciada por el Tribunal de garantías
- II.5. Análisis previo a la admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 12
- requisitos de contenido del art. 77.3.4 y 6 de la LTCP,
- II.6. Análisis del caso concreto
- a) Exposición con precisión y claridad de los hechos
- c) Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados.
- 3. Acompañar las pruebas en que se funda la pretensión
- la interposición de la acción tutelar dentro del plazo de los seis meses,
- 2º Disponer