AUTO CONSTITUCIONAL 0107/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0107/2012-RCA

Fecha: 10-Jul-2011

Fragmento 4

La Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 158/2012 de 30 de mayo, cursante de fs. 33 a 34 vta., declaró el rechazo in limine de la acción tutelar, fundamentando que en el petitorio no se individualiza adecuadamente cuál es la tutela que se pretende en la presente acción, pues se requiere que el accionante realice un petitorio concreto para el restablecimiento de sus derechos supuestamente vulnerados, los mismos deben ser vinculados a la anulación que se pretende, advirtiéndose en el petitorio incongruencia, que desnaturaliza la acción de amparo constitucional que tiene carácter tutelar y no constituyen mecanismos para direccionar resoluciones sean judiciales o administrativas, tampoco son vías procesales para propender la forma en la que debe ser resuelta una cuestión controversial; en consecuencia, no cumple con el requisito del art. 77.6 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP).