SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1061/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1061/2011-R

Fecha: 01-Jul-2011

a)

Mirael Salguero Palma, Jueza Segundo de Sentencia en lo Penal de la Capital del Distrito Judicial de Santa Cruz, presentó informe escrito que fue leído en audiencia, señalando: a) La Resolución de reparación de daños es un Auto definitivo apelable en la vía incidental, por lo que no puede anular sus propios fallos; b) Si la demandante pretende la revisión de la Resolución de reparación de daños y con ello volver a la citación con la demanda, debió plantear un incidente de nulidad contra la notificación de la resolución de reparación de daños y ello le abre la posibilidad para recurrir de apelación incidental; y, c) Es poco creíble que el arrendatario de su inmueble no le hubiera comunicado sobre las notificaciones practicadas en dicho domicilio que fueron en múltiples ocasiones.