SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1061/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1061/2011-R

Fecha: 01-Jul-2011

III.2.

El entendimiento asumido por este Tribunal en cuanto a la subsidiariedad de esta acción tutelar ha sido reafirmado entre otras sentencias por la              SC 1628/2010-R de 15 de octubre que señalo: “…el amparo constitucional instituido como una garantía constitucional para otorgar protección a derechos fundamentales, por mandato constitucional está regido por el principio de subsidiariedad, lo que significa que no podrá ser interpuesto mientras no se hubiera hecho uso de los recursos ordinarios o administrativos, o en su caso cualquier otro medio de reclamación ante el particular, autoridad o tribunal que se considere hubiese causado o esté causando el agravio, y para el caso de haberlos utilizado, los mismos deberán ser agotados, entendiéndose por esto que se debe tener el resultado en sentido negativo de las instancias idóneas para conocer y resolver el recurso o reclamo presentados por el recurrente (SC 0552/2003-R de 29 de abril)”.