SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1061/2011-R
Fecha: 01-Jul-2011
denegó
Por Resolución 63/2009 de 4 de agosto, cursante de fs. 82 vta. a 83 vta. De obrados, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz constituido en Tribunal de garantías denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) La accionante reconoció que el inmueble ubicado en la Urbanización San Aurelio calle 3 casa 15, es de su propiedad pero que no vivía en el mismo, porque fue dado arrendamiento a terceros; 2) El contrato de arrendamiento adolece de varias contradicciones, entre ellas que el mismo fue reconocido antes de su existencia, que en una cláusula señala 9 meses de duración y en otra por dos años, lo que le resta credibilidad; 3) La accionante en los trámites que realizó para que le entreguen su motorizado, señaló como domicilio real el lugar donde fue citada y notificada con la demanda y demás actuaciones procesales; y, 4) Al ser propietaria del vehículo que ocasionó el daño está obligada a la reparación del daño civil.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II
- El juez ejecutará la decisión en sujeción a las normas del Código de Procedimiento Civil'
- III.2.
- a) Cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación y b) Cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico;
- III.
- APROBAR