SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1117/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1117/2011-R

Fecha: 19-Ago-2011

1)

Heyddi Zapata Montaño, Jueza Quinta de Instrucción en lo Penal, no presentó informe escrito y en audiencia expresó: 1) La jurisprudencia constitucional y la doctrina, establecen que el principio de retroactividad no corresponde al Código de Procedimiento Penal, por estar en constante vigencia; es decir, que el imputado no puede salir en veinticuatro meses, sino en treinta y seis, aspecto que debe ser considerado; y, 2) El fiador no cumplió con requisitos mínimos, para demostrar su capacidad económica, sus bienes o los dineros que percibe como abogado. Debido a que el Dr. Pablo Stambuk, es fiador de otra persona, está impedido de ser garante nuevamente.