SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1118/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1118/2011-R

Fecha: 19-Ago-2011

rechazó

Por Resolución 05/2010 de 29 de mayo, cursante a fs. 20 y vta., pronunciada por la  Jueza Cuarta de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Jueza de garantías, “rechazó” la acción de libertad, disponiendo que a primeras horas del siguiente día hábil, se ponga en oficinas de Migración a los accionantes a efectos de su deportación, debiendo en el día conminarse a la Central de Notificaciones para que den cumplimiento al acto dispuesto por la Jueza ahora demandada, en base a la siguiente fundamentación: 1) A los accionantes se les concedió el beneficio del perdón judicial en audiencia de procedimiento abreviado, cuya Resolución hasta la fecha no se encuentra ejecutoriada; 2) Los accionantes son personas extranjeras que si bien no cuentan con antecedentes en nuestro país, existe una Resolución del Centro de Orientación Femenina por la cual sancionan a la coaccionante administrativamente con diez días, por incumplir disposiciones de seguridad previstas en el art. 129 de la Ley de Ejecución Penal y Supervisión (LEPS), por lo que de ser puestos en libertad, podrían reincidir en conductas punibles e ilegales; y, 3) Al existir Sentencia condenatoria contra los accionantes y al haberse concedido el perdón judicial, corresponde, previa su ejecutoria, expedirse los mandamientos respectivos y remitir a los accionantes a oficinas de Migración para su deportación, recordando a la autoridad “accionada” lo previsto por el art. 126 de la CPE.