Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1133/2011-R
Fecha: 19-Ago-2011
II.4.
II.4. Por Resolución 187/2010 de 31 de marzo, la Sala Penal Primera de la Corte Superior, revoca la Resolución impugnada, y dispone la detención preventiva del imputado, con el argumento de que no asistió a la audiencia de apelación pese de su legal notificación, vulnerando el art. 247 inc. 1) del CPP (fs. 47 y vta.).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- "procedente"
- I.3.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad, alcance y finalidad
- en esta instancia no es obligatoria una notificación personal,
- III.3. Análisis del caso concreto
- cabe recordar que en esta instancia no es obligatoria una notificación personal
- REVOCAR