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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1163/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1163/2011-R

    Fecha: 29-Ago-2011

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    • acción de libertad,
    • Fragmento 2
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • 1)
    • a)
    • "improcedente"
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
    • III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad y agotamiento de la vía ordinaria
    • Ahora bien, la denuncia efectuada ante el juez de instrucción o cautelar por la persona que se crea afectada en la vulneración de su derecho, debe necesariamente seguir su trámite hasta su finalización, sólo así, se tendrá convicción plena de que se agotó la vía jurisdiccional y corresponde activarse la jurisdicción constitucional, lo contrario involucraría acudir paralelamente a las jurisdicciones constitucional y ordinaria, quebrantando el equilibrio que debe existir necesariamente entre ambas.
    • 19 y 22 del mismo mes y año,
    • 23 de junio de 2010
    • al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos.
    • APROBAR

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