SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1163/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1163/2011-R

Fecha: 29-Ago-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

El 9 de diciembre de 2009, el Fiscal de materia presentó imputación formal  contra  Carmela Alanoca Quispe y Gonzalo Chambi Totora; consiguientemente, se les notificó con esta a horas 10:15 el 10 del mismo mes y año. No obstante de haber trascurrido los seis meses de la etapa preparatoria el Fiscal de Materia, no presentó requerimiento conclusivo; sin embargo, las accionantes presentaron un memorial el 19 de junio de 2010, en la que hicieron notar que la etapa preparatoria feneció, por lo que solicitaron conminar al Ministerio Público a objeto de que presente el requerimiento conclusivo, posteriormente por segunda vez el 22 de junio de ese año, impetraron a la autoridad demandada que conmine al representante del Ministerio Público a objeto de que presente el requerimiento conclusivo, pero, hasta la fecha no se pronuncio.

No obstante de haber fenecido la etapa preparatoria, la autoridad judicial demandada notificó   a las accionantes con audiencia de medidas cautelares, incurriendo en un error al  notificar a Rosario Gumercinda Yucra Alanoca,  sin haber sido imputada formalmente  por el Ministerio Público. Por otro lado no se tomo en cuenta que al haber trascurrido los seis meses de la etapa preparatoria, se encuentra ya superabundantemente vencida la etapa preparatoria, por lo que las autoridades demandadas no tienen competencia para seguir conociendo el proceso y que ante el silencio e inactividad del Ministerio Público correspondería declarar la extinción de la acción penal.