Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1233/2011-R
Fecha: 13-Sep-2011
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
Dada la carga procesal, mediante la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, se ampliaron las facultades otorgadas a este Tribunal a través de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, a objeto de conocer y resolver las acciones de defensa de derechos fundamentales, presentadas a partir del 7 de febrero de 2009; es decir, bajo el nuevo orden constitucional; por lo que, mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2011 de 11 de enero, se procedió a la reanudación del sorteo de causas.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el juez o tribunal competente en materia penal
- acción de libertad
- en el supuesto de darse una situación anómala procesal en la que un órgano jurisdiccional (juez unipersonal o tribunal) no competente conociera la presente acción de defensa, sin observar la norma fundamental, sus actos y su decisión, como se tiene dicho, son nulos, en consecuencia, corresponde dejar sin efecto la decisión asumida por el tribunal incompetente y corregir el procedimiento, sin ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada
- en lo Civil y Comercial