SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1239/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1239/2011-R

Fecha: 16-Sep-2011

Fragmento 3

La Jueza Décimo de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de La Paz, Marcela Siles, en audiencia, haciendo uso de la palabra informó que: a) El accionante no se encuentra privado de su libertad; b) No se ha establecido en qué forma se amenaza ese derecho; c) Al haber sido recusada no pudo ejercer el control jurisdiccional; sin embargo, el proceso regresó a su conocimiento con el Auto que resolvía el incidente de actividad procesal defectuosa acusada por el accionante, Resolución que fue emitida por el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal; d) Cuando el Juez dispuso el sorteo de la acusación, el imputado presentó recurso de reposición, habiendo la autoridad jurisdiccional, mediante Resolución, indicado al accionante la forma de tramitar el recurso; en ese entendido, su autoridad, en base al sorteo dispuesto por el otro Juez, dispuso la remisión del proceso al Tribunal correspondiente; y, e) El accionante, debió acudir a la acción de amparo constitucional para efectuar sus reclamos, pues la acción de libertad, no es la indicada para reclamar el debido proceso.