SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1255/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1255/2011-R

Fecha: 16-Sep-2011

I.2.1. Ratificación de la acción

El accionante ratificó los argumentos vertidos en su demanda, haciendo hincapié en que presentó el recurso de apelación en forma oportuna, dentro del plazo de setenta y dos horas establecido por ley; declarándolo inadmisible los Vocales codemandados, con el argumento equívoco de que hubiera sido notificado en la audiencia de 6 de junio de 2009. Cuando concernía observar el art. 163 del CPP, que prevé que la notificación con el auto que “impugne”, modifique o rechace una medida cautelar debe notificarse de manera personal; estableciéndose en su segundo párrafo, la formalidad procesal que tiene que cumplirse; es decir, la entrega de una copia de la resolución al interesado. No siendo por ende, suficiente a efectos del cómputo del plazo, la notificación en audiencia.

Por otra parte, demandó que no obstante a que los arts. 129.III y IV de la CPE, establecen el procedimiento para tramitar las acciones de amparo constitucional; en el caso, transcurrió más de una semana desde la interposición de la presente acción de defensa, cuando concernía la realización de la audiencia “mucho más antes y no más allá del término de las 48 horas”.