SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1264/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1264/2011-R

Fecha: 16-Sep-2011

a)

La autoridad demandada Ricardo Zapata Cuba, administrador ai. de la Aduana Nacional en Cobija, mediante el informe escrito cursante de fs. 53 a 54, leído en audiencia, señaló: a) El 14 de enero de 2009, funcionarios del Control Operativo de Aduanas, interceptaron el camión con placa de control 2075 KYN, conducido por el hoy accionante; vehículo que transportaba mercancía consistente en cigarrillos y otros enseres, sin contar con la documentación legal que acredite su legal salida de la zona franca de Cobija, razón por la cual se elaboró el Acta de intervención COARLPZ-001/2009 por el delito de contrabando, por un valor de la mercancía de Bs 128141,63.-(ciento veintiocho mil ciento cuarenta y un 63/100 bolivianos) y un tributo omitido de 56.031,41.- Unidades de Fomento a la Vivienda (UFV´s); b) En la misma fecha, se sometió el proceso a conocimiento del Ministerio Público, que en el marco de su competencia imputó formalmente a Wilson Alejandro Pérez Jiménez y a Gary Velarde Suárez; sin embargo, el 22 de enero del citado año, se solicitó a la Fiscalía que se rechace el conocimiento del caso, al no superar el tributo omitido las 200.000.- UFV´s lo cual determina que no se trata de un delito sino de una contravención; c) En respuesta a la apelación planteada por la Aduana contra las medidas cautelares aplicadas por el Juez Instructor, la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, mediante Auto de Vista, dispuso que la Jueza inferior en grado aplique la Ley Financial de 2009, declarando probada la falta de acción y dejando sin efecto las medidas cautelares de carácter personal contra los imputados; d) El 4 de marzo de 2009, la Fiscal de Materia planteó al Juez Primero de Instrucción en lo Penal; excepción de falta de acción que fue declarada probada y el 20 de marzo del mismo año, la representante del Ministerio Público, dispuso la remisión de antecedentes a la Administración Aduanera para que inicie el proceso sumario administrativo por el ilícito aduanero contravencional, que después de la recepción de pruebas de descargo, concluyó con la emisión de la Resolución sancionatoria 016/2009 de 9 de abril que declaró probado el ilícito aduanero; Resolución que fue apelada; asimismo, el 15 de abril de 2009, Wilson Alejandro Pérez Jiménez y el accionante solicitaron la devolución del medio de transporte o la reducción de la sanción impuesta; y, e) El accionante no estableció con claridad cómo la Aduana infringió la Constitución o las leyes, tampoco agotó el procedimiento; por lo que, en aplicación del principio de subsidiariedad no corresponde conceder la tutela solicitada.