SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1272/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1272/2011-R

Fecha: 19-Sep-2011

III.1. El recurso de amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria

Este Tribunal, a través de su uniforme jurisprudencia, refiriéndose a la subsidiariedad del amparo constitucional, estableció que: “...no podrá ser interpuesta esta acción extraordinaria, mientras no se haya hecho uso de los recursos ordinarios o administrativos y, en caso de haber utilizado los mismos deberán ser agotados dentro de ese proceso o vía legal, sea judicial o administrativa, salvo que la restricción o supresión de los derechos y garantías constitucionales ocasione perjuicio irremediable e irreparable” (SSCC 0374/2002-R, 0552/2003-R, 1089/2003-R y 1337/2003-R, entre otras).