Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1303/2011-R
Fecha: 26-Sep-2011
1)
El Gerente Distrital del SIN Cochabamba, Silvano Arancibia Colque, en el informe escrito cursante de fs. 326 a 333, y en audiencia señaló: 1) La Gerencia Distrital del SIN Cochabamba, advirtiendo diferencias entre las compras informadas y las ventas declaradas por el contribuyente “Bufete & Asociados S.R.L.”, dispuso proceso de verificación interna; 2) El contribuyente no presentó la documentación solicitada, haciéndose pasible a una sanción pecuniaria por incumplimiento de deberes formales y como resultado del trabajo de fiscalización, se emitió Vista de Cargo VC-GDC-DF/VI-IF/0183/07 de 17 de diciembre de 2007, estableciéndose la deuda tributaria de
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- 3)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados.
- reglas y sub reglas
- III.2. Recursos en la vía administrativa tributaria
- todo otro acto administrativo definitivo de carácter particular emitido por la Administración Tributaria
- III.3.
- constituye un acto administrativo definitivo
- denegado
- APROBAR