Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1303/2011-R
Fecha: 26-Sep-2011
II.4.
II.4. Apelado el Auto de 2 de junio de 2008, por Carlos Milton Calderón Paredes, en su condición de representante legal del contribuyente (fs. 75 a 76 vta.); a través de la Resolución de 21 de junio de 2008, se rechazó el recurso (fs. 79). Por Auto de 21 de julio del citado año, se declaró expresamente ejecutoriado (fs. 81).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- 3)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados.
- reglas y sub reglas
- III.2. Recursos en la vía administrativa tributaria
- todo otro acto administrativo definitivo de carácter particular emitido por la Administración Tributaria
- III.3.
- constituye un acto administrativo definitivo
- denegado
- APROBAR