SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1303/2011-R
Fecha: 26-Sep-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
Por memorial presentado el 15 de junio de 2009, cursante de fs. 97 a 101, el accionante manifiesta que ante la ilegal Resolución Determinativa emitida por el SIN Cochabamba, contra la sociedad que representa, se apersonó al Juzgado Coactivo, Tributario y Fiscal para interponer demanda contenciosa tributaria; notificado con el Auto de admisión, el demandante opuso excepción de falta de personería y plazo vencido, emitiendo el Juez de la causa Auto de 2 de junio de 2008, que declaró probado el extremo determinando que su persona no podía representar a la sociedad “Bufette & Asociados S.R.L.”, Resolución que fue declarada ejecutoriada en todas sus partes. Empero, pese al desconocimiento de su calidad de representante de la sociedad, de manera contradictoria, en septiembre de 2008, el SIN, a título de ejecución tributaria, notificó en su domicilio cédulas dirigidas a su nombre, por lo cual el 25 de noviembre del citado año, se opuso y pidió la suspensión de la ejecución, emitiendo el SIN una respuesta carente de fundamentación legal, señalando simplemente que no correspondía su petición, mediante una nota que no tenía siquiera numero de correspondencia interna y menos de resolución, constituyéndose en una Resolución de hecho y no de derecho susceptible de nulidad, lo que lesiona su derecho a obtener respuestas fundamentadas y motivadas, disponiendo de manera ilegal la prosecución de los actos de ejecución, cuando la ausencia de motivación es causal de nulidad.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- 3)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados.
- reglas y sub reglas
- III.2. Recursos en la vía administrativa tributaria
- todo otro acto administrativo definitivo de carácter particular emitido por la Administración Tributaria
- III.3.
- constituye un acto administrativo definitivo
- denegado
- APROBAR