SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1319/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1319/2011-R

Fecha: 26-Sep-2011

III.2. Medio idóneo contra las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares

La indicada Sentencia, analizando los mecanismos intraprocesales para el cuestionamiento a decisiones judiciales emanadas de resoluciones que decidan sobre medidas cautelares, corroboró el entendimiento jurisprudencial asumido por la SC 0160/2005-R de 23 de febrero, al considerar que el Código de Procedimiento Penal, disciplina las medidas cautelares de carácter personal, siguiendo el razonamiento expresado y concretamente sobre el tema objeto de análisis en el presente caso, la sentencia mencionada, refiriéndose a la impugnabilidad de las resoluciones de medidas cautelares, señaló que: “El Código de Procedimiento Penal, dentro del sistema de recursos que dispensa a las partes, prevé el de apelación contra las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares, que se muestra como un recurso sumario, pronto y efectivo, dado que conforme lo establece el art. 251 del CPP, una vez interpuesto este recurso, las actuaciones pertinentes deben ser remitidas ante la Corte Superior de Justicia en el término de veinticuatro horas, debiendo el tribunal de apelación resolver el recurso, sin más trámite y en audiencia dentro de los tres días siguientes de recibidas las actuaciones.