AUTO CONSTITUCIONAL 0091/2012-RCA-SL
Fecha: 24-Oct-2012
ii) Nombre y domicilio de la autoridad demandada o de su representante legal
En cuanto a las autoridades demandadas, se tiene que la parte accionante dirigió la acción contra los Vocales de la Sala Penal Tercera, Ramiro López Guzmán con domicilio en la calle Genaro Sanjinés entre calles Potosí y Comercio y William Alave Laura, con domicilio en la Av. Max Paredes casi esquina calle Santa Cruz, Edificio Centro Comercial “San Pedro” 768, frente plaza Marcelo Quiroga Santa Cruz, de la zona Gran Poder de la ciudad de La Paz.
Con relación a la concurrencia de tercero interesado, se identificó a Félix Peralta Peralta, Fiscal de Materia con domicilio legal en el piso quinto del Edificio de la Fiscalía de Distrito de La Paz, ubicado en la calle Potosí entre calles Yanacocha y Genaro Sanjinez; y, Arturo Vicente Rodríguez Torrico (coimputado), con domicilio en la calle Las Retamas 8635, esquina Constancio Vigilio del Barrio de la Florida, ubicado en la zona sur de la ciudad de La Paz, y domicilio procesal ubicado en el Edificio Libertad, piso cuarto, oficina 407, pasaje peatonal frente a la Casa de la Cultura.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- improcedencia in limine
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- Fragmento 8
- ii) Nombre y domicilio de la autoridad demandada o de su representante legal
- v) Acompañar las pruebas en que se funda su pretensión
- iii) Exponer con precisión y claridad los hechos que le sirvan de fundamento
- vi) Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados
- POR TANTO
- 3º