Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0091/2012-RCA-SL
Fecha: 24-Oct-2012
v) Acompañar las pruebas en que se funda su pretensión
Asimismo, adjuntó la prueba en que funda su pretensión en fotostática legalizada de la Resolución 207/2008 de 29 de mayo (fs. 114 a 116), imputación formal 11/2010 de 17 de febrero (fs. 128 a 131 vta.), acusación de 1 de noviembre de 2010 (fs. 136 a 140 vta.), Resolución 173/2010 de 26 de marzo (fs. 151 a 152), Resolución 364/2010 de 12 de noviembre (fs. 170 y vta.), Auto de Vista 42/2011 de 10 de febrero (fs. 188 a 191 vta.), y Resolución 53/2011 de 18 de febrero (fs. 195), acompañando a su vez fotostáticas legalizadas del cuaderno de investigaciones (caso 9753/07) y legajo de control jurisdiccional (IANUS: 200713463).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- improcedencia in limine
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- Fragmento 8
- ii) Nombre y domicilio de la autoridad demandada o de su representante legal
- v) Acompañar las pruebas en que se funda su pretensión
- iii) Exponer con precisión y claridad los hechos que le sirvan de fundamento
- vi) Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados
- POR TANTO
- 3º