Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0783/2012-CA
Fecha: 05-Oct-2012
Directora Jurídica del
En consulta la Resolución 01/2009 de 26 de noviembre, cursante de fs. 21 a 24, pronunciada por la Directora Jurídica del Servicio Nacional de Propiedad Intelectual (SENAPI), por la que rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad ahora -acción de inconstitucionalidad concreta-, interpuesta por Vicente Jaime Laime Mamani demandando la inconstitucionalidad de la Resolución Administrativa (RA) 40/2006 de fecha 28 de diciembre, emitida por la Directora General Ejecutiva del SENAPI, por presuntamente vulnerar los arts. 21.2, 102, 109, 117.I, y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Directora Jurídica del
- Fragmento 2
- obteniendo el registro de autor ante la Dirección de Derechos de Autor y Derechos Conexos del SENAPI
- de acuerdo a la Clasificación Internacional de Niza y la Decisión 486 de la Comunidad Andina de Naciones (CAN)
- a)
- b)
- c)
- rechazó
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Cumplimiento de requisitos
- II.4. Análisis del incidente de inconstitucionalidad
- APROBAR