AUTO CONSTITUCIONAL 0783/2012-CA
Fecha: 05-Oct-2012
obteniendo el registro de autor ante la Dirección de Derechos de Autor y Derechos Conexos del SENAPI
Al respecto el accionante señala que, el año 1996 fundó el grupo musical “SIN CONTROL”, obteniendo el registro de autor ante la Dirección de Derechos de Autor y Derechos Conexos del SENAPI, otorgada en virtud de la RA 9-001-590/2002 de 25 de noviembre, el art. 68.k) de la Ley de Derechos de Autor (LDAu) y el art. 26.6 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo (DS) 23907 de 7 de diciembre de 1999. Luego de la caducidad de dicha licencia fue renovada por segunda vez bajo la RA 9-034/2005 de 1 de febrero, por un período de dos años; sin embargo, previo a que venciera el plazo de vigencia, exactamente tres semanas antes, el SENAPI habría emitido la RA 40/2006 de 28 de diciembre, ahora impugnada, que señalaba que todos los registros del rubro deberían realizarse ante la Dirección de Propiedad Industrial de dicha institución.
Asimismo, en el ínterin de la obtención de la nueva licencia, Luis Gregorio Poma Maqui, ex representante de dicha agrupación, habría logrado el registro que fuera autorizado por la RA de 16 de noviembre de 2006, hecho que el accionante considera agrava su acceso al derecho de autor, además de tener que afrontar el proceso del cual es objeto, por el que le impusieron medidas cautelares en contra del uso del nombre, mediante RA IF-013/2009 de 29 de septiembre, que declarara probada la existencia de dicha infracción.
- Directora Jurídica del
- Fragmento 2
- obteniendo el registro de autor ante la Dirección de Derechos de Autor y Derechos Conexos del SENAPI
- de acuerdo a la Clasificación Internacional de Niza y la Decisión 486 de la Comunidad Andina de Naciones (CAN)
- a)
- b)
- c)
- rechazó
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Cumplimiento de requisitos
- II.4. Análisis del incidente de inconstitucionalidad
- APROBAR