Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0809/2012-CA
Fecha: 26-Oct-2012
IMPROCENTE
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 27 y 146 del Código Procesal Constitucional, declara IMPROCENTE el recurso directo de nulidad interpuesto por Robin Rosales Agreda, demandando la nulidad de la Resolución de 2 de octubre de 2012, cursante a fs. 18 emitida por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba.
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- II.1. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.2. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad
- resoluciones dictadas por las autoridades judiciales
- a) La emisión de actos jurisdiccionales luego de haber operado la cesación de sus funciones; y, b) la emisión de actos jurisdiccionales, pronunciados luego de haberse establecido en contra de una autoridad jurisdiccional, su suspensión del ejercicio de funciones jurisdiccionales.
- II.4. Análisis del caso concreto
- a)
- IMPROCENTE