Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0825/2012-CA
Fecha: 31-Oct-2012
II.1.
Con carácter previo a ingresar a la verificación de los requisitos de procedencia exigidos para la presente acción, es menester considerar el Acuerdo Jurisdiccional 007/2012 de 10 de agosto de 2012, a través del cual el Tribunal Constitucional Plurinacional dispuso que las causas ingresadas ante Jueces y Tribunales de garantías o ante este Tribunal a partir del 6 del mismo mes y año, deben ser conocidas, tramitadas y resueltas conforme el contenido normativo del Código Procesal Constitucional.
- I.1. Síntesis de la solicitud
- a)
- b)
- c)
- d)
- II.1.
- tiene la finalidad de determinar el titular de una competencia asignada por la Constitución, en aquellos casos en los que, con motivo de emitir una disposición, resolución o adoptar un acto, se genera un conflicto porque se entiende que uno de los titulares de un órgano público invade el ámbito de competencia de otro
- los conflictos de competencia sólo se suscitan
- el 12 de septiembre de 2012
- ambas declinaron
- ADMITIR