SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1656/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1656/2012

Fecha: 01-Oct-2012

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante, mediante su abogado ratificó los términos expuestos en la acción de libertad interpuesta y amplió sus argumentos señalando: El memorial de solicitud de señalamiento de audiencia ha sido presentado el 24 de agosto de 2012, siendo decretado el 27 del mismo mes y año, donde se señala día y hora de audiencia para el 3 de septiembre de igual año a horas 17:00, por lo que se evidencia que se ha presentado el referido memorial con la debida anticipación a efecto de poder notificar a todas las partes.

Habiendo sido suspendida esta audiencia, se señala una nueva para el día siguiente a horas 15:00, en la misma, como había mencionado un día antes la Jueza ahora demandada que se iba a llevar a cabo primeramente la audiencia de cesación y posteriormente la prosecución del juicio oral, se solicitó se considere previamente la solicitud de cesación a la detención preventiva, pero esta autoridad negando dicha solicitud instaló la audiencia de juicio oral, la misma que duró casi dos horas y media, y fue suspendida, porque dos funcionarios policiales del penal de San Pedro de seguridad interna, se hicieron presentes y manifestaron la existencia de un problema en el mismo, por lo que solicitaron la suspensión de dicha audiencia y pese haber referido que la celebración de audiencia de cesación a la detención preventiva, no iba a demorar más de quince minutos, se hizo caso omiso y se procedió a suspender la misma.