SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1665/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1665/2012

Fecha: 01-Oct-2012

II.4.

II.4. En audiencia de cesación a la detención preventiva de 20 de marzo de 2012, el Juez Segundo de Instrucción Mixto de Camiri, mediante Auto de la misma fecha, considerando que el imputado demostró su voluntad de someterse al proceso y acreditó tener familia, domicilio y ocupación lícita, dispuso la aplicación de las medidas sustitutivas descritas en el art. 240 inc. 2), 3) y 6) del CPP, decisión que fue apelada en audiencia por el representante legal de YPFB (fs. 29 a 34 vta.).