SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1675/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1675/2012

Fecha: 01-Oct-2012

II.3.

II.3.  El 23 de febrero de 2011, el Juez Primero de Instrucción en lo Penal, en suplencia legal de su similar, el Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal, llevó a cabo la audiencia pública para considerar y resolver la solicitud de cesación de detención preventiva solicitada por el accionante, cuyo fallo aceptó la solicitud planteada, aplicándose medidas sustitutivas consistentes en: “a) La detención domiciliaria sin custodia; b) La obligación de presentarse ante el Fiscal asignado al caso los días martes y viernes; c) La prohibición de salir del departamento y del territorio nacional para lo cual se debe expedir el arraigo correspondiente; y , d) Fianza económica real en la suma de Bs20 000.- (veinte mil bolivianos)” (sic) (fs. 22 a 24).