Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1735/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.5.
II.5. Por Auto de 28 de noviembre de 2008, el Tribunal ad quem, en base a un informe de Secretaría, existiendo causas anteriores y siendo razonablemente imposible cumplir con los plazos procesales, dispuso la suspensión del término de resolución dentro del proceso penal seguido por Gustavo Pantoja Aguilar contra Rosario Sonia Sainz Quiroga, entretanto corresponda sortearse cronológicamente, de conformidad con el art. 130 del CPP parte in fine, resolución notificada a las partes el 4 de diciembre de dicho año (fs. 73 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Extinción de la acción penal: Autoridad competente para conocerla y resolverla
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. De la dimensión de los alcances de la parte resolutiva de la presente Resolución
- III.5.Actuación del Tribunal de garantías
- 2º
- 3º