SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1743/2012
Fecha: 01-Oct-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 29 de agosto de 2003, Mercedes Choque Vda. de Casas, inició proceso de usucapión en relación al bien inmueble situado en el lote 2, manzana “P” de la urbanización “Villa Lazareto”, sector Choro de la zona de Villa Fátima de La Paz, dentro de dicho proceso se dispuso la citación del representado del accionante, Luis Antonio Revilla Herrero, en su calidad de Alcalde del municipio de La Paz, dando cumplimiento así al art. 131 de la Ley 2028 de 28 de octubre de 1999.
El 8 de mayo de 2004, fue dictada la respectiva Resolución 329/2004, declarando probada la demanda. Posteriormente, siendo enviada en revisión a la entonces Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de La Paz y radicado el proceso en la Sala Civil Tercera, se emitió el Auto de Vista 63/2005 de 8 de marzo, que anuló obrados hasta fs. 56 inclusive, es decir, hasta que se notifique mediante cédula el fallo al Municipio paceño. Devuelto el expediente al Juzgado de origen y cumplida la notificación extrañada, la entidad accionante pidió complementación y enmienda de la Resolución 329/2004, la cual mereció el Auto de 21 de mayo de 2005, que señaló no haber lugar, determinación que fue impugnada por la Alcaldía Municipal -ahora Gobierno Autónomo Municipal- de La Paz, obteniendo como resultado el Auto de Vista 76/2006 de 4 de febrero, que dispuso anular obrados hasta fs. 100 inclusive, el cual fue recurrido en casación por la entidad.
Emergente de dicho recurso de casación en la forma, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia emitió Auto Supremo 196 de 11 de junio de 2010 que declaró infundado el recurso con costas, fijando además la suma de Bs500.- (quinientos bolivianos) por concepto de regulación de honorarios profesionales de abogado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- III.2. Del recurso de explicación o complementación
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR